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Resoluciones dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”)(desde 19/04/2020 al 21/06/2020)
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Resoluciones
dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”)
(desde
19/04/2020
al 21/06/2020)
Por
María José Sanchez[1]
A
continuación,
detallamos las Resoluciones y Circulares más relevantes que la SSN ha
dictado
en el período señalado:
1)
Resolución
SSN Nº 156/2020 (B.O. 11/06/2020): Se prorrogó hasta
el 30 de
septiembre de 2020 el plazo dispuesto por el punto 39.8.2. del
Reglamento General
de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6
de
noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias) para la
presentación
de los Estados Contables de aseguradoras y reaseguradoras
correspondientes al
cierre del 30 de junio de 2020
2)
Circular
N°
IF-2020-37484870-APN-SSN#MEC (10/06/2020): Mediante
la Resolución RESOL-2019-1025-APN-SSN#MHA
de fecha 10 de noviembre, se implementaron los “Libros y Registros
Digitales”.
En atención a las adaptaciones tecnológicas y operativas de gran escala
requeridas a efectos de adaptarse a los lineamientos de la citada
Resolución,
la SSN dispuso la exigibilidad de la mentada norma a partir de los
estados
contables que inician el 1° de julio de 2021 y subsiguientes. Se hizo
saber que
será potestad de cada Entidad la utilización de lo dispuesto por la
mencionada
norma hasta tanto se alcance su exigibilidad.
3)
Circular
N°
IF-2020-36841718-APN-SSN#MEC (08/06/2020): Se
prorrogó en todos sus términos lo
establecido por la Circular IF-2020-17497739-APN-SSN#MEC, prorrogada a
su vez
por las Circulares IF-2020-21436607-APNSSN#MEC,
IF-2020-25441839-APN-SSN#MEC,
IF-2020-28258722-APN-SSN#MEC, IF-2020-31222670-APNSSN#MEC e
IF-2020-34256594-APN-SSN#MEC, hasta el 28 de junio de 2020, inclusive.
4)
Resolución
SSN Nº 147/2020 (B.O. 08/06/2020): Se modificaron los Puntos 33.2.1.,
33.5.3.1,
33.3.6.6. y 33.5.5.1. del Reglamento General de la Actividad
Aseguradora (t.o.
Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus
modificatorias
y complementarias; en adelante “RGAA”),
como así también se incorporaron disposiciones transitorias al
Punto 30.1. y se
sustituyeron con carácter transitorio los incisos h), i), m), n) y u)
del Punto
30.2.1., los Puntos 35.10.1., 35.10.3. y el inciso b) del Punto
39.11.2., todos
del RGAA.
[1]
Abogada graduada con Diploma de Honor en la
Pontificia Universidad
Católica Argentina en el año 2010. Especialista en Derecho de Seguros y
Reaseguros.
Ex Subgerente de Registros de la Superintendencia de Seguros de la
Nación.
Vicedirectora del Suplemento de
Seguros y Reaseguros de elDial.com (Biblioteca Jurídica Online).
Profesora universitaria
asistente
en el Posgrado “Especialización en Seguros” en la Universidad del Salvador. Curso de
Posgrado en “Sociedades y Contratos Comerciales” dictado en la Pontificia Universidad
Católica. “Premaster - Introducción a la problemática de
la empresa” dictado por la Universidad Austral. Curso
e-learning sobre Reaseguro
dictado por la Fundación Mapfre con el aval de la Universidad de
Salamanca.
Diplomatura de Seguros dictada en la Universidad de Ciencias
Empresariales y
Sociales.
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